El Sr. A. es de Somalia y solicitó protección internacional en abril de 2015. En consecuencia, el Tribunal Administrativo Federal otorgó protección subsidiaria al Sr. A. con decisión de junio de 2017.
En abril de 2018, el Sr. A. presentó una solicitud de prórroga de la protección subsidiaria en el presente procedimiento. Con una decisión de la Oficina Federal de Inmigración y Asilo en noviembre de 2018, se revocó oficialmente su protección subsidiaria y se determinó que su deportación a Somalia era permisible. Como justificación para la retirada de la protección subsidiaria, la BFA afirmó que debido a que la situación de suministro ya no era precaria en Somalia, estaba sano y podía trabajar y tenía familiares en Somalia, era razonable que el Sr. A. regresara a Somalia.
Como resultado, presentó un recurso ante el Tribunal Administrativo Federal contra la revocación de la protección subsidiaria en diciembre de 2018, con el argumento de que, según las evaluaciones del país de la decisión de la autoridad, todavía hay una alta tasa de desnutrición en Somalia. y a pesar de que la sequía ya no prevalece, el país necesita una buena temporada de lluvias, para asegurar una situación de suministro estable. Además, la situación de la seguridad sigue siendo mala, lo que las autoridades juzgaron muy mal. Según la jurisprudencia del TJCE, la retirada de la protección subsidiaria requiere un cambio de situación sustancial y no temporal. Según los informes, este no es el caso, por lo que la Oficina Federal negó erróneamente la protección subsidiaria al Sr. A.
Como resultado, el Tribunal Administrativo Federal, con su decisión de junio de 2019, confirmó la demanda del Sr. A. y prorrogó su permiso de residencia por dos años más.
Como justificación, la BVwG declaró que la Oficina Federal no dio más razones detalladas para la conclusión de que la situación del suministro había mejorado de manera sostenible y había cambiado significativamente. Una comparación de los informes de los países de 2017 y 2018 no reveló ningún hecho fundamentalmente diferente. Los informes de los países muestran que la situación sigue siendo frágil.
Además, la Oficina Federal señaló repetidamente que el Sr. A. podía trabajar, por lo que podía ganarse la vida en Somalia, lo que no representa un cambio en el requisito previo para la concesión de protección subsidiaria por parte de la administración federal en 2017, ya que la capacidad de trabajo no se cuestionó en el momento de la decisión de la BVwG. Al evaluar las pruebas de manera diferente, la Oficina Federal intentó aplicar una visión legal diferente de la decisión del Tribunal Administrativo Federal de junio de 2017 con respecto a los requisitos para la concesión de protección subsidiaria. Por lo tanto, la decisión de la Oficina Federal tuvo que ser revocada.