El Tribunal Administrativo levanta la orden de detención en espera de la deportación de un ciudadano uzbeko

El Tribunal Administrativo levanta la orden de detención en espera de la deportación de un ciudadano uzbeko


El Sr. Y. proviene de Uzbekistán y viajó a Austria con una visa lituana en diciembre de 2018 y fue recogido por funcionarios del servicio de seguridad pública durante un control en Viena el día de la entrada y detenido. Como resultado, solicitó asilo en diciembre de 2018 y fue puesto bajo custodia en espera de la deportación para garantizar el procedimiento de traslado.

Con una decisión de enero de 2019, la Oficina Federal de Inmigración y Asilo rechazó la solicitud de asilo y determinó que Lituania es responsable de examinar la solicitud y que su deportación allí está permitida. En enero de 2019, el Sr. Y. presentó un recurso ante el Tribunal Administrativo Federal.

En enero de 2019, también presentó una denuncia ante el Tribunal Administrativo Federal contra la detención pendiente de deportación. Con una decisión de enero de 2019, la BVwG desestimó la apelación y concluyó que los requisitos previos relevantes para la continuación de la detención en espera de la deportación se cumplían en el momento de la decisión.

Posteriormente, el Tribunal Administrativo Federal confirmó la denuncia en el caso de asilo con su decisión de enero de 2019 y revocó la decisión de la Oficina Federal. Como resultado, el Sr. Y. fue puesto en libertad en espera de la deportación a finales de enero de 2019.

Posteriormente, a fines de febrero de 2019, el Sr. Y. interpuso un recurso extraordinario ante el Tribunal Administrativo contra la decisión negativa de la BVwG en la detención pendiente de expulsión. Esto resultó exitoso, por lo que el VwGH con su decisión de abril de 2019 revocó la decisión del Tribunal Administrativo Federal de enero de 2019 debido a la ilegalidad de su contenido.

La razón aducida por la VwGH fue que según el reglamento de DublínSi elSolicitante de una visa, en base a la cual ingresa al territorio de unEstado miembro ha podido entrar, que durante más de seis meses unexpirado, el Estado miembro en el que se presentó la solicitud dese proporciona protección internacional. En consecuencia, la responsabilidad recae en el Estado miembro que expide el visado
ya no si su vigencia ya venció hace seis meses.

En la presente constelación, eso ya fue en el momento dedetención del Sr. Y. en Austria a principios de diciembre de 2018,
porque la validez de la emitida por la Embajada de la República de Lituaniala visa ya había terminado a fines de mayo de 2018. Como resultado, el
Traslado del solicitante de apelación a Lituania como parte de un procedimientode acuerdo con el reglamento de Dublín desde el principio (ya no más), razón por la cual ella detención en espera de la deportación ordenada con este fin fue ilegal desde el principio.

Con una decisión de julio de 2019, la BVwG confirmó la apelación contra la orden de detención de enero de 2019 y declaró ilegal la detención pendiente de deportación desde diciembre de 2018 hasta finales de enero de 2019.

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